El estatuto de la Universidad Nacional de Cajamarca en su artículo 35. Incompatibilidad del Cargo de Rector. El mencionado artículo explícitamente dice: “La incompatibilidad que refiere el artículo 35 de la Ley Universitaria, del cargo de Rector, es con cualquier otra función o actividad pública o privada, remunerada o no. Concordancia articulo 35 de la ley 23733. Articulo 2º de la ley 28637”. El rector Carlos Tirado Soto, en Concejo Universitario, tendrá que explicar la falta al estatuto universitario y enfrentará la decisión de su vacancia.
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